De acuerdo con el documento al que ha tenido acceso Europa Press, la Setsi se encargará de determinar si la prestación del Servicio Sniversal es una carga “injustificada” para el operador que los presta –hasta ahora Telefónica–, así como de fijar las aportaciones que corresponden a cada uno de los operadores con obligación de contribuir al Servicio Universal.
Asimismo, la Secretaría de Telecomunicaciones gestionará el fondo nacional del Servicio Universal. La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) determinó abrir por primera vez el fondo del Servicio Universal en noviembre de 2007 para financiar su coste neto a partir del año 2003.
Hasta ahora, la CMT es la encargada de calcular anualmente el coste total de financiación –lo que se mantiene- y decidir si supone una carga injustificada para el operador obligado a su prestación, repartiendo, en su caso, el importe entre varios operadores –función que pasa a Industria–.
La Ley General de Telecomunicaciones define el Servicio Universal como el “conjunto de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible”.
Entre estos servicios se incluyen: la prestación del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija, la prestación del servicio de telefonía de pago con monedas o tarjetas a través de los terminales ubicados en la vía pública (cabinas) y la elaboración y entrega de la guía telefónica de números de abonado.
Además, desde el pasado mes de enero, esta prestación incluye un servicio de banda ancha universal de un mega, que también presta Telefónica, que fue la única operadora en presentarse a los concursos para ofrecer hasta 2017 banda ancha de un mega de bajada y un límite de capacidad de 5 GB, a partir del cual se baja la velocidad a 128 kilobits.
Fuente: elEconomista.es